domingo, 6 de junio de 2021

Mascarillas transparentes en colegios: cuáles se pueden usar, quiénes y en qué circunstancias

NOTICIAS DE CATALUNYA - SOCIEDAD

Mascarillas transparentes en colegios: cuáles se pueden usar, quiénes y en qué circunstancias

Hay cuatro laboratorios en España acreditados por el Ministerio de Industria y Consumo que pueden certificar mascarillas higiénicas

En febrero el Ministerio de Consumo sacó una orden ministerial que regulaba este tipo de mascarillas

"Cuando los niños están en clase y llevan un rato mirándonos, llega un momento que no aguantan más y vienen corriendo a quitarnos las mascarillas. Necesitan vernos la boca, ver si sonreímos, si estamos enfadados, necesitan ver nuestra expresión facial", asegura Mariana Lombardo, Directora de El Cole de Celia y Pepe, un colegio de educación especial que pertenece a la Fundación Querer. La Fundación alberga a cientos de niños y adultos con discapacidad, sobre todo con una afectación muy grande en el lenguaje. "Es fundamental para comunicarnos, aprender y brindar seguridad a nuestros niños". 

Como la Fundación Querer son muchas las entidades, asociaciones y colegios los que reclaman que se puedan usar las mascarillas transparentes que durante varios meses han creado polémica. NIUS ha hablado con varios de esos centros y asociaciones que han tenido muchas dudas durante el curso escolar, ya que no había una norma clara para el uno de estas mascarillas. María Fernández, directora de otro colegio de niños de educación especial asegura que durante todo el año han tenido problemas para saber si se podían usar o no. "Parece que algunas no cumplían con las normas de seguridad, o estaban siendo certificadas por laboratorios no acreditados”, explica, pero finalmente este último trimestre, habló con Salud Pública, y le dijeron que si cumplían con la nueva normativa se podían usar. No obstante, la dirección del colegio ha decido dejar su uso para el curso que viene, ya que solo queda un mes de clase", dice. 

Durante meses Sanidad y Consumo e Industria se han pasado la pelota del uno al otro. Argumentando que  los ministerios no certifican, que deben ser las empresas las que cumplan los estándares de seguridad establecidos para que puedan certificarse este tipo de mascarillas. Hasta que Marcos Lechet, sordo desde los cinco años, consiguiera casi 100.000 firmas en change.org para pedir al Gobierno que certificase mascarillas para personas sordas. Vamos a intentar aclarar el uso de estas mascarillas.

¿Se pueden usar las mascarillas transparentes?

Si. Las mascarillas transparentes se pueden usar siempre que cumplan con las certificaciones expuestas en la última orden ministerial. Estas mascarillas son higiénicas luego su uso depende del Ministerio de Consumo. El 12 de febrero el BOE publicó la Orden Ministerial CSM/115/2021 que regulaba este tipo de mascarillas. 

La norma que se debe aplicar a las mascarillas higiénicas reutilizables es la norma UNE 0065, modificada por la orden ministerial CSM/115/2021. Si son mascarillas higiénicas desechables, entonces es la UNE 0064.

Las mascarillas higiénicas transparentes o con zonas transparentes destinadas a permitir una correcta lectura labial y reconocimiento de toda la expresión facial deberán cumplir con todas las disposiciones de la presente orden. Las que tengan partes destinadas a permitir la lectura labial y que no facilite el paso del aire inhalado o exhalado, se permitirá que la eficacia de filtración de partículas indicada no se refiera a esas zonas, siempre que se indique en la propia etiqueta. 

Los materiales deberán ser suficientemente transparentes como para permitir una visión nítida de la superficie cubierta, garantizando la correcta visualización de labios y dientes, así como de toda la expresión facial, evitando efectos que puedan interferir en la comunicación como el empañamiento continuado de la zona transparente o la distorsión o reducción significativa del volumen de voz del usuario con la mascarilla puesta.

En caso de tener algunas zonas compuestas por materiales que no permitan el paso del aire inhalado o exhalado, deberá realizarse una evaluación de riesgos para asegurar que el producto no obstruye indebidamente la respiración.

Deberán incluir en el etiquetado información o advertencia acerca del efecto distorsionador del habla y de la minoración en decibelios que provoca la mascarilla.

En el caso de mascarillas higiénicas destinadas a personas con discapacidad, deberán contar con elementos ajustables con velcros a la cabeza para evitar rozaduras detrás de las orejas, con adaptadores (salvaorejas), o con cualquier otro elemento que facilite la autonomía de las personas con dificultades psicomotrices.


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