InfoSord-Valladolid
Una sentencia señala que se alteraron los planos del PGOU, lo que permitió edificar el aparcamiento en un suelo no consolidado
El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Castilla y León ha declarado nulo de pleno derecho el Estudio de Detalle que aprobó el Ayuntamiento de Valladolid en el pleno del 9 de mayo del 2006, que daba vía libre al proyecto promovido por la Fundación Emilio Álvarez Gallego, lo que permitió la construcción de un aparcamiento de vehículos en el antiguo inmueble de Cáritas, situado entre las calles Simón Aranda y José María Lacort.
En el solar, la constructora Parkosa obtuvo autorización municipal después de este Estudio, ahora declarado ilegal, para construir cerca de 400 plazas de garaje por la cesión del subsuelo que se hizo por parte de los responsables de la Fundación. Precisamente ha sido la Federación de las Asociaciones de Personas Sordas de Castilla y León la que ha recurrido este proyecto ante el TSJ, y otros acuerdos paralelos como la licencia de obras. Los mismos están pendientes de un fallo del Juzgado de lo Contencioso 1.
El Alto Tribunal, cuyo fallo de momento no conlleva la demolición de la obra, no «duda de que el Área 7 de Cáritas es suelo urbano no consolidado, pues no tiene la ordenación detallada y mucho menos se ha ejecutado y recibido la urbanización». Los magistrados dan la razón a la Federación de Personas Sordas respecto a que no se ha cedido al Ayuntamiento en «pleno dominio y libre de cargas los espacios de uso público» que marca la ley de Urbanismo. Ello supone que si el Estudio aprobado por el Consistorio permitía una edificabilidad de 9.262 metros cuadrados, deberían de haberse destinado al menos 1.389 metros cuadrados para espacios libres públicos. El fallo dice además que se «ha El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Castilla y León ha declarado nulo de pleno derecho el Estudio de Detalle que aprobó el Ayuntamiento de Valladolid en el pleno del 9 de mayo del 2006, que daba vía libre al proyecto promovido por la Fundación Emilio Álvarez Gallego, lo que permitió la construcción de un aparcamiento de vehículos en el antiguo inmueble de Cáritas, situado entre las calles Simón Aranda y José María Lacort.
En el solar, la constructora Parkosa obtuvo autorización municipal después de este Estudio, ahora declarado ilegal, para construir cerca de 400 plazas de garaje por la cesión del subsuelo que se hizo por parte de los responsables de la Fundación. Precisamente ha sido la Federación de las Asociaciones de Personas Sordas de Castilla y León la que ha recurrido este proyecto ante el TSJ, y otros acuerdos paralelos como la licencia de obras. Los mismos están pendientes de un fallo del Juzgado de lo Contencioso 1.
El Alto Tribunal, cuyo fallo de momento no conlleva la demolición de la obra, no «duda de que el Área 7 de Cáritas es suelo urbano no consolidado, pues no tiene la ordenación detallada y mucho menos se ha ejecutado y recibido la urbanización». Los magistrados dan la razón a la Federación de Personas Sordas respecto a que no se ha cedido al Ayuntamiento en «pleno dominio y libre de cargas los espacios de uso público» que marca la ley de Urbanismo. Ello supone que si el Estudio aprobado por el Consistorio permitía una edificabilidad de 9.262 metros cuadrados, deberían de haberse destinado al menos 1.389 metros cuadrados para espacios libres públicos. El fallo dice además que se «ha El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Castilla y León ha declarado nulo de pleno derecho el Estudio de Detalle que aprobó el Ayuntamiento de Valladolid en el pleno del 9 de mayo del 2006, que daba vía libre al proyecto promovido por la Fundación Emilio Álvarez Gallego, lo que permitió la construcción de un aparcamiento de vehículos en el antiguo inmueble de Cáritas, situado entre las calles Simón Aranda y José María Lacort.
En el solar, la constructora Parkosa obtuvo autorización municipal después de este Estudio, ahora declarado ilegal, para construir cerca de 400 plazas de garaje por la cesión del subsuelo que se hizo por parte de los responsables de la Fundación. Precisamente ha sido la Federación de las Asociaciones de Personas Sordas de Castilla y León la que ha recurrido este proyecto ante el TSJ, y otros acuerdos paralelos como la licencia de obras. Los mismos están pendientes de un fallo del Juzgado de lo Contencioso 1.
El Alto Tribunal, cuyo fallo de momento no conlleva la demolición de la obra, no «duda de que el Área 7 de Cáritas es suelo urbano no consolidado, pues no tiene la ordenación detallada y mucho menos se ha ejecutado y recibido la urbanización». Los magistrados dan la razón a la Federación de Personas Sordas respecto a que no se ha cedido al Ayuntamiento en «pleno dominio y libre de cargas los espacios de uso público» que marca la ley de Urbanismo. Ello supone que si el Estudio aprobado por el Consistorio permitía una edificabilidad de 9.262 metros cuadrados, deberían de haberse destinado al menos 1.389 metros cuadrados para espacios libres públicos. El fallo dice además que se «ha producido una alteración de los planos», por lo que pide a la Fiscalía que abra diligencias por si existiera delito penal.
-
-
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Nota: solo los miembros de este blog pueden publicar comentarios.